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Qué hacer en caso de accidente

» Qué hacer en caso de accidente

Quienes andamos en bici nos hemos hecho esta pregunta alguna vez. Si nos ha tocado participar de un accidente de tránsito como actores o testigos, es importante saber cómo proceder luego del mismo.

En principio, debemos mantener la calma, ya que discusiones y enojos sólo logran dificultar la solución del problema.

Si hay lesionados, lo primero es lograr la atención médica de los mismos.
En la Ciudad Autónoma, se debe llamar a Emergencias (107) o al SAME (4923-1051/58) y también a la Policía Federal (911).

Si la situación lo permite, evitar que se remuevan los vehículos involucrados hasta que la autoridad policial tome intervención.

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» Información necesaria

Es imprescindible reunir la siguiente información (*):

  • Lugar y hora del suceso: Se requiere tomar nota del lugar donde ocurrió el accidente (lo más detallado posible) y la hora del mismo.
  • Datos del vehículo: marca, modelo, color y número de dominio (patente).
  • Datos del propietario: nombre, documento, domicilio y número de teléfono.
  • Datos del conductor (en caso de que no sea el propietario): nombre, documento, domicilio y número de teléfono.
  • Datos del seguro: nombre de la compañía aseguradora y número de póliza.
  • Individualización de testigos: nombre, documento, domicilio y número de teléfono.

(*) En caso de haber resultado lesionado y trasladado a un establecimiento asistencial, estos datos podrán obtenerse recurriendo a la comisaría que tomó intervención en el hecho, y/o regresando al lugar del mismo para ponerse en contacto con las personas que lo hubieran presenciado.

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» Denuncia policial

El accidente debe ser denunciado dentro de las 48 horas de ocurrido, en la comisaría de la zona donde sucedió. Para constatar a cual dirigirse discar 131 ó 4378-4000, Centro Federal de Informaciones.

Tener en cuenta los siguientes aspectos al momento de hacer la denuncia correspondiente:

  • Accidente con lesiones: corresponde hacer una "denuncia por lesiones", que es gratuita.
  • Accidente sin lesiones: corresponde efectuar reclamo ante la compañia de seguros del titular del vehículo automotor.

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» Vías para el reclamo

Las vías para el reclamo ser las siguientes:

  • administrativa (en compañía aseguradora)
  • mediación (oficial o privada)
  • judicial (civil o penal).

Cada caso es particular, por lo que aconsejamos el debido asesoramiento jurídico a fin de evaluar los rubros que se van a reclamar.

Recomendamos no firmar nada, ni reconocer culpas o aceptar indemnizaciones hasta consultar con un profesional de confianza. Tampoco acudir sin la compañía del mismo para reclamar o acordar con una compañía de seguros.

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» Dónde recurrir

  • Para orientarse y asesorarse de forma gratuita, se puede recurrir al Ministerio de Justicia y DD.HH.de la Nación, a través de sus Centros de Prevención y Resolución de Conflictos.

CABALLITO: Campichuelo 553 P.B., TE: 4982-4760 (Lunes a viernes de 10hs. a 18 hs.)
LA BOCA: Lamadrid 676. TE: 4303-2483 (Lunes a viernes de 10hs. a 18 hs.)
MONSERRAT: Av. Belgrano 1177. TE: 4382-3249 (Lunes a viernes de 10hs. a 18 hs.)
LINIERS: Cuzco 220. TE: 4644-2697 (Lunes a viernes de 13hs. a 17 hs.)

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Tel/Fax: (54-11) 4866-6562